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El 1 de marzo cambia la cuantía de las prestaciones por maternidad y paternidad de los trabajadores autónomos

A partir del 1 de marzo cambia la cuantía de las prestaciones por maternidad y paternidad de los trabajadores autónomos.

A partir del 1 de marzo cambia la cuantía de las prestaciones por maternidad y paternidad de los trabajadores autónomos. En 2018 entró en vigor la Ley 6/2017, de reformas urgentes del trabajo autónomo (de la que hablamos en anteriores entradas),. A pesar de que la legislación estuviera vigente desde comienzos de año, la cantidad de las prestaciones por maternidad y paternidad de los trabajadores autónomos se implantará a partir del 1 de marzo.

1. La cuantía por maternidad y paternidad del trabajador autónomo en la actualidad

Hasta este momento, la prestación a recibir por maternidad y paternidad era de un subsidio equivalente al 100% de la base reguladora (igual a la establecida para la prestación por incapacidad temporal derivada de contingencias comunes).

Para calcular esta cuantía, se calculaba la base de cotización del mes anterior dividida entre 30, o entre el número de días cotizados.

2. Cambios a partir del 1 de marzo

La cuantía del subsidio por maternidad y paternidad será del 100% sobre la base reguladora. La cantidad diaria se establecerá tras dividir la suma de las bases de cotización acreditadas en los seis meses anteriores al del hecho causante entre 180. En el caso de que el trabajador autónomo no  haya estado dado de alta en el régimen especial durante esos seis meses, el resultado se obtendrá tras dividir las bases de cotización acreditadas en dicho periodo entre los días que el trabajador haya estado de alta.

3. Reforma de la Ley del Autónomo

La nueva Ley del trabajador autónomo trajo consigo reformas, además de este cambio en la cuantía del subsidio por maternidad y paternidad. En este post te desgranamos todas las novedades de la reforma, y a continuación exponemos los cambios más significativos de la nueva ley que entró en vigor el 1 de enero de 2018:

  • Cambios en la cuota de autónomos: Se estima que la base mínima de cotización suba un 2% durante 2018.
  • Ampliación de la tarifa plana de autónomos: Ampliación a 12 meses de la tarifa plana de autónomo (50€).
  • Reducción del recargo por retraso en el pago a la Seguridad Social: Reducción del 50% del recargo por retraso en el pago (pasa del 20% al 10%).
  • Nuevas deducciones para autónomos: Cuando el autónomo realice su ocupación laboral en el domicilio, podrá deducirse un 30% de los gastos.

Para cualquier consulta sobre algunas de estas modificaciones o acerca de cualquier otro tema de índole empresarial, tributario o fiscal, nuestro equipo técnico está a su disposición en info@verumasesores.com.

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