En relación al impuesto de Actos Jurídicos Documentados, en los últimos días hemos asistido a varios cambios respecto a quién debe abonar el AJD, los clientes o los bancos.
Estas son las fechas clave para entender el conflicto de las hipotecas:
▶️ Mayo 1995: Se aprueba el reglamento del Impuesto sobre AJD, que establece que el tributo debe abonarlo el cliente.
▶️ 2015: El Tribunal Supremo establece que el banco debe pagar el impuesto, aunque posteriormente revoca su decisión.
▶️ 2017: La Empresa Municipal de Vivienda de Rivas plantea un recurso de casación al Supremo (que desembocará en la sentencia reciente).
▶️ 18/10/2018: El Tribunal Supremo corrige una postura anterior y señala que es el banco quien debe pagar el AJD.
▶️ 19/10/2018: Paralización: El presidente de la Sala paraliza de manera urgente la decisión anterior.
▶️ 05/11/2018: Nueva decisión: El Supremo revoca la decisión y determina que los clientes deben pagar el impuesto de las hipotecas. Ante la decisión, el gobierno ha señalado que creará un Real Decreto para corregir la decisión del Supremo y que sea la banca quien pague el Impuesto de Sociedades.
En Verum Management seguiremos atentos a las posteriores decisiones sobre el impuesto sobre Actos Jurídicos Documentados.