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10 claves de la reforma de la ley del trabajador autónomo

Recientemente se ha publicado la Ley 6/2017, de 24 de octubre, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo. Nuestro equipo técnico ha

Recientemente se ha publicado la Ley 6/2017, de 24 de octubre, de Reformas Urgentes del Trabajo Autónomo. Nuestro equipo técnico ha analizado el texto de dicha ley, y podemos afirmar que las condiciones laborales del trabajador autónomo mejorarán. En términos generales, en esta reforma se abordan medidas para favorecer la conciliación de la vida familiar y laboral, además de fomentar el autoempleo y la contratación.

En Verum no solo asesoramos a empresas, sino que tenemos un plan de asesoría individualizado a las necesidades de cada autónomo. A continuación, te presentamos las modificaciones más relevantes que presenta esta reforma de la Ley del Trabajador Autónomo:

 

1. Aumento de la tarifa plana de 50€ de seis meses a un año

Uno de los aspectos más importantes es la ampliación de hasta un año de la cotización de 50 euros a la Seguridad Social para los nuevos negocios. Hasta el momento, los autónomos que se daban de alta abonaban 50 euros durante tan solo los seis primeros meses. Gracias a esta reforma, la “tarifa plana” del trabajador autónomo tendrá una duración de un año.

Asimismo, se reduce de cinco a tan solo dos años el plazo para poder acogerse a esta tarifa en el caso de autónomos que ya estuvieron de alta en dicho régimen.

 

2. Aumento de las bonificaciones de la tarifa plana hasta los 24 meses

Durante los seis meses posteriores a los doce con la cuota de 50 euros, las reducciones y bonificación se mantendrán al 50%. Lo siguientes seis meses, la bonificación será del 30%. De este modo, el trabajador autónomo gozará de reducciones en su cuota durante los primeros 24 meses.

 

3. Mejora de la conciliación laboral y familiar

En cuanto a las mujeres, esta reforma de la Ley del Trabajador Autónomo garantiza una mejor conciliación laboral y familiar, ya que incluye varias modificaciones dirigidas a ello. En concreto, las mujeres que se reincorporen tras el periodo de maternidad tendrán una tarifa de 50 euros (si optan a la base mínima).

Además, se aplica la exención del 100% de la cuota durante 12 meses por cuidado de menores hasta los doce años, o dependientes. Gracias a esta reforma, la edad de los menores para optar a esta bonificación se ha aumentado de los siete a los doce años.

 

4. Prestaciones por maternidad y paternidad

Por otro lado, a partir del 1 de marzo de 2018, las prestaciones económicas por maternidad y paternidad consistirán en un subsidio equivalente al 100% de la base reguladora, resultado de dividir la suma de las bases de cotización en este régimen especial durante los 6 meses inmediatamente anteriores al hecho causante entre ciento ochenta. En el caso de que el autónomo no haya permanecido en alta en el citado régimen durante esos 6 meses, el resultado se obtendrá de dividir las bases de cotización del régimen especial entre los días en que haya estado de alta en el mismo, en dicho periodo.

 

5. Incentivos a la contratación

Las bonificaciones serán compatibles con la contratación de asalariados. Es decir, el trabajador autónomo mantendrá los incentivos y la tarifa plana aunque contrate a trabajadores por cuenta ajena.

Para la contratación de asalariados familiares, se podrá obtener una bonificación del 100% de las cotizaciones a la Seguridad Social. Para ello, en los doce meses anteriores a dicha contratación no se debe haber tenido un despido improcedente o una regulación de empleo irregular.

Además, se facilita el emprendimiento para personas discapacitadas y la contratación de los hijos con discapacidad de los propios autónomos.­

 

6. Mejora de las condiciones de jubilación

Para los autónomos en edad de jubilación que continúen trabajando será compatible el salario y la pensión. Para ello, es necesario que se contrate, al menos, un trabajador por cuenta ajena.

7. Reducción de los recargos por retraso en los pagos a la Seguridad Social

Actualmente, el recargo por el retraso en el pago a la Seguridad Social es de un 20%. Con esta reforma, el recargo se reduce al 10%.

 

8. Se favorecen los cambios de base de la cotización

Los autónomos podrán cambiar de base hasta en cuatro veces por año. Hasta el momento solo podían hacerlo en dos ocasiones.

 

9. Deducciones de gastos en IRPF

A partir de 2018, si el autónomo desarrolla en su totalidad o en parte la actividad en su vivienda habitual, podrá deducirse el porcentaje del 30% aplicado a la parte del gasto que corresponda a los metros cuadrados dedicados a dicha actividad. En esta partida se establecen gastos relativos a la telefonía, uso de Internet, agua y electricidad.

Además, los autónomos podrá deducirse 12 euros por comida en gastos de manutención. Sin embargo, deberá pagarse con medios electrónicos que acrediten la fecha, el importe y el lugar.

 

10. Más cobertura frente a accidentes

Asimismo, se amplía la cobertura para el autónomo que sufra un accidente ‘in tinere’. Es decir, en el camino del trabajo a casa y viceversa), siempre que el trabajador cotice por riesgos profesionales.

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