Para aquellos obligados tributarios que se encuentren incluidos en el Sistema de Dirección Electrónica Habilitada (DEH), existe la opción de señalar hasta 30 días en los que la Agencia Tributaria no podrá realizar notificaciones en la DEH.
La DEH tiene un buzón electrónico en el que se reciben las notificaciones electrónicas de la AEAT, tanto las obligatorias como las voluntarias (siempre que se esté suscrito). Para ello, la AEAT concede hasta un plazo de 30 días de vacaciones fiscales, en los que puedes evitar recibir las notificaciones electrónicas sin ningún inconveniente. Cabe señalar que no es obligado escoger de forma seguida estos 30 días, ya que los puedes disponer de la forma que necesites.
CLAVES PARA SOLICITAR LOS DÍAS DE CORTESÍA EN LA AEAT
En primer lugar, debes estar dado de alta en la Dirección Electrónica Habilitada (DEH), para suscribirte a los procedimientos de notificaciones de la Agencia Tributaria disponibles. Puedes registrarte aquí.
Tras acceder a la Sede Electrónica, accede a «Mis Notificaciones», y posteriormente señala el periodo en el que quieres solicitar los días.
IMPORTANTE: DEBEN SOLICITARSE CON 7 DÍAS DE ANTELACIÓN
Los días de cortesía deberán solicitarse con, al menos, un plazo de 7 días de antelación al periodo deseado.
Cabe señalar que en el caso de que quieras modificar los días solicitados, podrás hacerlo excepto los 7 días siguientes a la fecha en la que estés en ese momento.
SEÑALA TAMBIÉN LOS SÁBADOS Y DOMINGOS
Los sábados y domingos también deben marcarse, ya que al tratarse de días naturales cuentan como período de notificación.
¿DEBEN COINCIDIR LOS DÍAS DE CORTESÍA DE LA AEAT CON MIS VACACIONES?
No. Además, es recomendable señalar que el plazo de de cortesía de la AEAT se inicie unos días antes de irte de vacaciones. ¿Por qué? Para evitar recibir una notificación en el día anterior a tu ausencia, ya que dispondrías de muy poco tiempo para atenderla.
Si necesitas más información sobre el período de cortesía de la AEAT, contacta con nuestro equipo en info@verumasesores.com