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Las empresas tienen 6 meses para nombrar un responsable de protección de datos

El nuevo Reglamento General de Protección de Datos europeo (RGPD) y la nueva Ley de Protección de Datos española supondrán

El nuevo Reglamento General de Protección de Datos europeo (RGPD) y la nueva Ley de Protección de Datos española supondrán novedades a corto y medio plazo para las empresas que operen en nuestro país. Dentro de seis meses, en concreto el 25 de mayo de 2018, este RGPD entrará en vigor y las empresas deberán actualizarse para cumplir dicho reglamento. Los destinatarios del RGPD son todas las organizaciones globales, tanto las establecidas en los países miembros como los que operan con la Unión Europea.

Entre las medidas más importantes de este nuevo Reglamento General de Protección de Datos (RGPD) destaca la obligación de las empresas de nombrar a un Responsable de Protección de Datos dentro de las empresas.

 

La cantidad de contenido online obliga a mejorar la protección de datos

El uso de tecnologías digitales ha provocado la proliferación del uso de los datos: redes sociales, big data, trabajo cooperativo en la nube, intranets, geolocalización… El uso de la tecnología digital con las que trabajan las empresas obliga a un mayor cuidado de los datos. Por ello, este RGPD obliga a reforzar las políticas de ciberseguridad en relación a los datos de los individuos relacionados con la empresa, tanto internos (trabajadores) como externos (clientes).

 

El Anteproyecto de Ley Orgánica de Protección de Datos en España

El pasado 10 de noviembre, el Consejo de Ministros aprobó el nuevo proyecto de Ley Orgánica de Protección de Datos. Esta nueva Ley pretende un aumento de la seguridad jurídica. Además, busca adaptar la normativa a las exigencias a las que obliga las nuevas tecnologías digitales.

Esta ley pretende la adaptación de la legislación española al RGPD que rige a nivel europeo. De este modo, la Ley Orgánica de Protección de Datos sustituye a la ley actual.

 

Novedades del nuevo reglamento de protección de datos

  • Se potencia la figura del delegado de proyección de datos.
  • Se excluye el consentimiento tácito para el uso de los datos personales. Es decir, cada persona deberá indicar sí o no donde se le solicite información.
  • Adelanto a los 13 años (y no 14) el consentimiento para el tratamiento de datos.
  • La Ley recoge el deber de confidencialidad.
  • Establece el derecho de los herederos en el tratamiento de la información de personas fallecidas.
  • Contempla expresamente los derechos de rectificación, de acceso, de supresión o de limitación del tratamiento.
  • Se mantiene la prohibición del almacenaje de datos relativos a raza, ideología, afiliación, religión, orientación sexual…
  • Regula situaciones de interés público.

 

¿Posibles sanciones? Evita contratiempos gracias al asesoramiento técnico de Verum

Las administraciones y entidades legisladoras están poniendo el foco en el cumplimiento o no, por parte de las empresas de las medidas legislativas en cuanto a la protección de datos.

Para no incurrir en sanciones, contacta en info@verumasesores.com con nuestros expertos en actualidad legislativa y ciberseguridad.

 

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