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Reforma legislativa: traslado del domicilio social de una empresa

El Real Decreto-ley 15/2017 fue publicado el pasado 7 de octubre en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y ha

El Real Decreto-ley 15/2017 fue publicado el pasado 7 de octubre en el Boletín Oficial del Estado (BOE) y ha supuesto un punto de inflexión en el futuro de muchas empresas e incluso de la economía del país a nivel global. ¿Y por qué es tan importante? Esta norma tiene como objetivo facilitar que las empresas puedan cambiar de sede social dentro del territorio nacional.

La rapidez en la publicación de esta nueva normativa está estrechamente ligada con la situación de inestabilidad que se vive actualmente en Cataluña. Sin embargo, cabe destacar que esta medida afecta a todo el territorio nacional y no únicamente a las empresas con sede en Cataluña.

El artículo 38 de la Constitución garantiza la “libertad de empresa”. Y este ha sido el artículo que ha citado el Gobierno para publicar con tanta celeridad este nuevo Real Decreto-ley.

Mayor seguridad jurídica: interpretación del artículo 285 de la Ley de Sociedades de Capital

Cuando surgió el conflicto, muchas empresas tuvieron dudas respecto a la interpretación del artículo 285 del texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital. Este artículo dicta el procedimiento de modificación de estatutos sociales, y de forma concreta aborda el traslado del domicilio social a otro punto del territorio nacional.

Mediante el Real Decreto-Ley 15/2017, el Gobierno ha aclarado la difusa interpretación del artículo. De este modo, el traslado de domicilio social será efectivo cuando se cumplan los siguientes puntos:

  • Acuerdo del órgano administrador de la sociedad.
  • Elevación a escritura pública.
  • Tramitación en el correspondiente Registro Mercantil.

 

Domicilio fiscal vs Domicilio social

Con la aparición del Real Decreto-Ley han surgido discrepancias a la hora de abordar los términos “domicilio social” y “domicilio fiscal”. A grandes rasgos, estas son las principales diferencias entre ambos conceptos:

Valencia, Alicante y Madrid: principales receptores de empresas catalanas

Madrid, Valencia y Alicante son las principales ciudades “receptoras” de las empresas con sede en Cataluña que han decidido fijar su sede social en otra Comunidad.

Hasta la fecha, Cataluña era la sede social de siete empresas del IBEX. De ellas, seis ya han informado a la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) del traslado de su sede.

Entre las empresas que cotizan en el Ibex y han cambiado su sede social están:

  • Gas Natural Fenosa (Madrid)
  • CaixaBank (Valencia)
  • Abertis (Madrid)
  • Banco Sabadell (Alicante)
  • Cellnex (Madrid)
  • Inmobiliaria Colonial (Madrid)

Y además, se han mudado empresas como Lleida.net, Eurona, Catalana Occidente, EDreams, Applus, Dogi, Service Point, Naturhouse, Codorniú, Grupo Planeta, Bimbo, Idilia Foods (posee las marcas de Cola-Cao y Nocilla, entre otros), Aguas de Barcelona, Axa o MRW.

 

 

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